La vulnerabilidad de las leyes internacionales: cuando el derecho cede ante el poder

FILE – Venezuelan President Nicolas Maduro gestures during a news conference at Miraflores presidential palace in Caracas, Venezuela, July 31, 2024, three days after his disputed reelection. (AP Photo/Matias Delacroix, File)

El derecho internacional nació con una promesa ambiciosa: regular las relaciones entre los Estados, evitar conflictos armados y proteger la soberanía de las naciones frente a la arbitrariedad del poder. Sin embargo, la realidad contemporánea muestra una constante inquietante: las leyes internacionales son tan fuertes como la voluntad política de quienes deben respetarlas. El caso de Venezuela y el trato dispensado al presidente Nicolás Maduro vuelve a poner sobre la mesa una pregunta incómoda: ¿hasta qué punto el orden jurídico internacional es verdaderamente vinculante y equitativo?

La soberanía como principio fundacional

La soberanía estatal es uno de los pilares del derecho internacional moderno. La Carta de las Naciones Unidas, en su artículo 2.1, establece el principio de igualdad soberana entre todos los Estados, mientras que el artículo 2.4 prohíbe explícitamente el uso de la fuerza o la amenaza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier país. A ello se suma el principio de no injerencia en los asuntos internos, consagrado tanto en la ONU como en la Organización de Estados Americanos (OEA).

En teoría, ningún Estado tiene derecho a imponer su voluntad política sobre otro. En la práctica, este principio ha sido interpretado de manera selectiva, especialmente cuando entran en juego intereses geopolíticos, económicos o estratégicos.

El caso Maduro: sanciones, desconocimiento y presión internacional

Desde hace varios años, el presidente venezolano Nicolás Maduro ha sido objeto de un cerco político, diplomático y económico por parte de varios Estados y bloques internacionales. Sanciones unilaterales, desconocimiento de su legitimidad, apoyo a figuras opositoras y amenazas veladas de intervención han marcado la relación entre Venezuela y parte de la comunidad internacional.

Más allá de las valoraciones políticas internas sobre el gobierno venezolano, el debate jurídico es claro: ¿puede un grupo de Estados desconocer a un jefe de Estado sin violar el principio de soberanía? ¿Son legales las sanciones económicas impuestas sin mandato del Consejo de Seguridad de la ONU?

Numerosos juristas coinciden en que las sanciones unilaterales, cuando afectan directamente a la población civil y no cuentan con respaldo multilateral, debilitan el sistema internacional y abren la puerta a la ley del más fuerte. El caso venezolano no es una excepción, sino parte de una tendencia.

Precedentes históricos: la norma quebrantada

La historia reciente está llena de ejemplos donde el derecho internacional fue superado por decisiones políticas unilaterales:

  • Irak (2003): La invasión liderada por Estados Unidos y sus aliados se produjo sin una resolución explícita del Consejo de Seguridad que autorizara el uso de la fuerza. Años después, se reconoció que los argumentos sobre armas de destrucción masiva eran infundados. No hubo sanciones reales para los responsables.
  • Libia (2011): Bajo el argumento de la “responsabilidad de proteger”, una intervención inicialmente autorizada para proteger civiles derivó en un cambio de régimen y en el colapso del Estado libio, cuyas consecuencias persisten hasta hoy.
  • Panamá (1989): La invasión estadounidense para capturar a Manuel Noriega fue ampliamente criticada por violar la soberanía panameña, pese a las justificaciones de seguridad nacional esgrimidas.
  • Ucrania (2014 y 2022): La anexión de Crimea por parte de Rusia y la posterior guerra han sido condenadas como violaciones flagrantes del derecho internacional, demostrando que las grandes potencias también ignoran las normas cuando sus intereses estratégicos están en juego.

Estos casos evidencian un patrón: el derecho internacional se aplica con rigor a los Estados débiles y con flexibilidad a los poderosos.

Instituciones limitadas, justicia incompleta

Organismos como la Corte Internacional de Justicia o la Corte Penal Internacional representan avances significativos en la búsqueda de justicia global. Sin embargo, su capacidad real de actuación está condicionada por la voluntad de los Estados. Grandes potencias no reconocen su jurisdicción o simplemente ignoran sus fallos.

El Consejo de Seguridad de la ONU, encargado de velar por la paz internacional, se ve constantemente paralizado por el derecho de veto, lo que convierte muchas crisis en callejones sin salida diplomática.

¿Hacia un derecho internacional selectivo?

La situación actual sugiere que el sistema internacional funciona bajo una lógica desigual: normas universales, aplicación selectiva. Esto erosiona la confianza en las instituciones multilaterales y alimenta la percepción de que el orden mundial no se rige por reglas, sino por correlaciones de fuerza.

El caso de Nicolás Maduro, más allá de simpatías o rechazos políticos, ilustra esta fragilidad estructural. Hoy es Venezuela; ayer fue Irak, Libia o Panamá; mañana puede ser cualquier otro Estado que desafíe intereses dominantes.

Conclusión: entre la legalidad y la realidad

El gran desafío del derecho internacional no es su formulación, sino su cumplimiento equitativo. Mientras la soberanía siga siendo respetada solo cuando conviene a los poderosos, las leyes internacionales seguirán siendo vulnerables y el sistema global, inestable.

Reforzar el multilateralismo, limitar las sanciones unilaterales y democratizar las instituciones internacionales no es solo una aspiración jurídica, sino una necesidad política para evitar que el mundo vuelva a regirse exclusivamente por la fuerza.

Porque cuando el derecho internacional se debilita, ningún Estado está verdaderamente a salvo.

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